Normativa-Hospitalaria-norma-016-SSA3-2012

NOM 016-SSA3-2012: normativa hospitalaria básica

En México, el sistema de salud está regulado por las Normas Oficiales Mexicanas (NOM’s), un conjunto de pautas técnicas, características, procedimientos y requisitos indispensables para ofrecer servicios médicos de calidad y garantizar la seguridad sanitaria de la población. Las estipulaciones de este marco legal son variadas en cuanto a su especificidad: algunas se enfocan en cuestiones particulares, como las condiciones apropiadas para tratar enfermedades como la tuberculosis, la rabia o el VIH. Otras, en cambio, acotan métodos o requerimientos de manera más general y, por lo regular, para interpretarlas plenamente es necesario consultar otras NOM’s, así como códigos, guías y reglamentos complementarios. Tal es el caso de la NOM 016-SSA3-2012, ¿ya la conoces?

Normativa-Hospitalaria

Publicada en el Diario Oficial de la Federación el 8 de enero de 2013, la NOM 016-SSA3-2012 es reconocida como uno de los preceptos básicos de la normativa hospitalaria. Sus disposiciones establecen las características mínimas que debe cumplir el equipamiento y las instalaciones de hospitales y consultorios de atención médica especializada, con el propósito de asegurar la eficiencia de sus actividades y promover su mejora continua bajo estrictos estándares nacionales e internacionales de bioseguridad y protección civil.

La norma puntualiza los aspectos elementales para el diseño, construcción, acondicionamiento, operación y mantenimiento de los establecimientos sanitarios. De acuerdo con el Reglamento de la Ley General de Salud en materia de prestación de servicios de atención médica, la clasificación de hospitales según su poder de resolución y grado de complejidad se compone de las siguientes categorías:

  • Hospital general: brinda servicios relacionados a las cuatro especialidades básicas (cirugía general, gineco-obstetricia, medicina interna y pediatría), así como atención a urgencias, hospitalización y consultas externas.
  • Hospital de especialidades: se focaliza en una o varias especialidades médicas, quirúrgicas o médico-quirúrgicas. También lleva a cabo actividades de prevención, curación, rehabilitación y de cuidados paliativos para los usuarios, así como de formación y desarrollo para su personal.
  • Instituto: su objetivo primordial es la investigación científica, así como la formación de personal para la salud. Sus servicios, por otra parte, están destinados a pacientes con enfermedades determinadas o a sectores específicos de la población.

Por otra parte, para la aplicación de sus resoluciones, la NOM 016-SSA3-2012 reconoce tres tipos de consultorios de especialidad:

  • Tipo I: cuenta con áreas, espacios, mobiliario y equipo básico.
  • Tipo II: igual al tipo I, pero cuenta con sanitarios para los pacientes.
  • Tipo III: integra las características del tipo I y II, y además posee uno o más locales anexos, en los cuales se llevan a cabo actividades de diagnóstico, tratamiento o rehabilitación.

En relación con estas clasificaciones, hospitales y consultorios deben adecuar sus espacios y conformar sus dotaciones de acuerdo con el listado de características mínimas de infraestructura instituido por la norma. Por definición, estos componentes obligatorios comprenden todos aquellos “elementos básicos para que los prestadores de servicios para la atención médica de los sectores público, social y privado puedan ofrecer a los usuarios calidad, seguridad y eficiencia”, es decir, materiales, instalaciones, tecnología, servicios, protocolos y demás aspectos logísticos que posibilitan una atención médica integral y funcional. Entre los principales aspectos a contemplar, se incluyen:

  1. Ubicación

Los establecimientos de salud deben localizarse en zonas libres de riesgos naturales, sociales y sanitarios, a fin de garantizar la protección a su funcionamiento, su infraestructura y a la vida de los usuarios. Igualmente, su emplazamiento debe guardar cercanía con medios de transporte públicos, así como con vías peatonales y vehiculares, de tal forma que favorezca la llegada de pacientes, trabajadores y proveedores.

  1. Diseño

La NOM 016-SSA3-2012 establece la disposición espacial adecuada para brindar servicios de salud eficientes y seguros. Cada área, según su función y su grado de complejidad, debe estar interconectada o aislada, disponer un fácil acceso o restringirlo, contar con una superficie determinada, adecuar su estructura a las actividades que albergará, etc.

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  1. Iluminación

Los espacios del establecimiento deben contar con sistemas de iluminación adecuados a su función. Es importante considerar que el diseño lumínico de un hospital, consultorio o laboratorio no puede ser homogéneo, ya que, si bien algunos espacios pueden operar con luz ambiental o natural, muchos otros, como los quirófanos y laboratorios, requieren de equipo luminotécnico especial que favorezca la correcta ejecución de sus actividades.

  1. Ventilación

La ventilación de los establecimientos médicos debe controlarse por medio de modernos sistemas que permitan renovar, filtrar o extraer el aire sin emitir partículas contaminantes, producir cambios drásticos en la temperatura o generar humedad. Cabe recordar que tanto los equipos luminotécnicos como los sistemas HVAC deben contar con el respaldado de una planta eléctrica de emergencia que los mantenga funcionando en caso de contingencias. 

  1. Señalética

La señalización interna y externa debe ser clara, visible y con un diseño estandarizado apegado a las disposiciones de la norma hospitalaria pertinente, de tal forma que brinde a los usuarios orientación precisa sobre las diferentes áreas, servicios, reglas y riesgos del establecimiento.

  1. Construcción

La NOM 016-SSA3-2012 enumera, ya sea de manera explícita o refiriendo a otras normas, una serie de materiales y requerimientos técnicos fundamentales para asegurar tanto la higiene como la seguridad sanitaria y estructural de cada espacio. Asimismo, dicta especificaciones relativas a la cimentación, a las instalaciones hidrosanitarias, eléctricas, de aire acondicionado y de gases medicinales, y a los sistemas de protección civil, como detectores de humo o salidas de emergencia.

Por otra parte, la ley también enfatiza en la importancia de crear espacios que cuenten con las ayudas técnicas indispensables para brindar un servicio médico de accesibilidad universal. Para lograrlo, se establece como obligatoria la incorporación de rampas, elevadores y pisos podotáctiles, así como la colocación de adecuaciones como barras de seguridad o señalética sonora y en sistema braille.

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  1. Seguridad

En el numeral titulado “Del hospital seguro”, se manifiesta que todos los centros de atención a la salud deben integrar a su logística criterios que reduzcan la vulnerabilidad del inmueble ante emergencias o desastres, ya sean de índole natural o antropogénico (provocados por humanos). Por esta razón, a la hora de planificar la construcción de un hospital, es crucial considerar la adquisición e instalación de sistemas CCTV, cerraduras de calidad y cajas fuertes, al igual que la contratación de personal de seguridad certificado.

  1. Mobiliario, equipamiento e insumos

Desde las funciones administrativas hasta la atención médica de mayor complejidad, cada espacio debe contar con los muebles elementales, como escritorios, sillas, archiveros y gabinetes, al igual que con el mobiliario especializado indispensable para la atención médica, como carros camillas para recuperación, lavabos para cirujanos, camas de hospitalización, mesas de exploración, etc.

Asimismo, en sus apéndices normativos, la NOM 016-SSA3-2012 presenta un inventario de equipamiento básico para una prestación de servicios óptima, como el equipo de diagnóstico por imagen, el de esterilización y el de terapia intensiva. Igualmente, lista el instrumental indispensable para cada especialidad médica, a la vez que manifiesta la importancia de aprovisionar el establecimiento con el material de curación y medicamentos indispensables, como vendas, gasas, jeringas, guantes, antiinflamatorios, antibióticos, analgésicos, entre otros insumos.

La normativa hospitalaria determina que todo establecimiento de salud debe someter su infraestructura a una verificación anual, tanto interna como externa, a fin de constatar que su dotación cumpla con las disposiciones legales. Por un lado, la auditoría interna debe realizarse al menos una vez al año por parte de personal capacitado contratado por el responsable del inmueble. Por el otro, la externa debe llevarse a cabo por lo menos cada tres años por parte de personal autorizado por la Secretaría de Salud. Así, hospitales, clínicas y laboratorios se aseguran de preservar las condiciones para brindar servicios seguros, dignos y eficaces, a la vez que evitan las sanciones por el incumplimiento de la norma, las cuales pueden ir desde amonestaciones hasta multas y clausuras definitivas.

Ahora lo sabes: la NOM-016-SSA3-2012 juega un papel vital para el sistema de salud en México. No obstante, la complejidad y vastedad de sus estipulaciones es una tarea ardua que requiere del conocimiento y experiencia de especialistas en normativa hospitalaria. Para diseñar, construir, remodelar y darle mantenimiento a tu clínica, hospital o consultorio, tu socio estratégico es Infraestructura Médica, empresa que por más de 10 años ha liderado la creación y renovación de espacios para la salud de vanguardia. Contáctanos hoy y solicita la orientación que necesitas para cumplir con las Normas Oficiales Mexicanas y optimizar la calidad de tus servicios.


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